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Convenio Multilateral 

 

 

Tributan por Convenio Multilateral los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que ejercen actividades en dos o más jurisdicciones, pero cuyos ingresos brutos, por provenir de un proceso único, económicamente inseparable, deben atribuirse conjuntamente a todas ellas ya sea que las actividades las ejerza el contribuyente por sí o por terceras personas, incluyendo las efectuadas por intermediarios, corredores, comisionistas, mandatarios, viajantes o consignatarios, etcétera, con o sin relación de dependencia.

 

Nuestros servicios:

  • Alta en el impuesto.

  • Declaraciones juradas mensuales 

  • Declaración jurada anual 

  • Atención en inspecciones 

 

 

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Armenia 24 - Sarandí
Avellaneda, Buenos Aires

Email:  estudio.oppel@gmail.com

Tel:  (11) 2198-3237

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